TRÁFICO ILEGAL

El CITES es un acuerdo internacional del cual más o menos 175 países hacen parte y cuyo fin primordial es la conservación a nivel mundial de miles de especies de fauna y flora, mediante la regulación de su comercio. La puesta en práctica del CITES es responsabilidad directa de los países firmantes, quienes deben mandar periódicamente a la Secretaría CITES con sede en Ginebra, Suiza, la relación de importaciones y exportaciones de especímenes incluidos en éste acuerdo, para los cuales se exigen unos certificados especiales. El Convenio de Washington incluye un texto legal por el que se deben regir los países firmantes y una serie de apéndices donde se encuentran las especies reguladas por el Convenio:

Apéndice I: Incluye todas las especies en peligro de extinción que están o pueden verse afectadas por el comercio y que deben tener una regulación especialmente estricta con el fin de no poner en mayor peligro su supervivencia (primates, cetáceos, panda gigante, elefantes, guacamayos, rapaces, cocodrilos...). El comercio con estas especies está prohibido, salvo excepcionales circunstancias.

Apéndice II: Recoge a las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran en peligro de extinción, podrían llegar a esta situación a menos que se regule estrictamente su comercio. También incluye otras especies no afectadas por el comercio pero son similares, con el fin de promover un control más eficaz (todos los primates, focas, 300 especies de reptiles, algunas ranas, todos los psitaciformes, mariposas, corales, catus, orquídeas).

Apéndice III: Incluye especies sometidas a reglamentación dentro de la jurisdicción de un país y cuya explotación no se puede prevenir o limitar sin la cooperación de otros países.

En estudio realizado por el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) y TRAFFIC, organización dependiente de la anterior que se encarga del seguimiento del comercio internacional de especies, se pone de manifiesto la importancia de la Unión Europea (UE) en el contexto de este comercio. Datos del período 1988-1991 indican que la UE es el primer importador mundial de pieles de reptil, importando casi 4 millones de pieles; el segundo gran importador de primates, después de Estados Unidos, con 46.000 ejemplares; el primer importador mundial de loros, cacatúas y similares, contabilizando casi 1 millón de ejemplares (el 39% del comercio mundial); el primer importador de boas y pitones vivas; el segundo mayor importador mundial de félidos vivos y el primer importador y exportador de especies de plantas.

Se ha ratificado constantemente que España es uno de los países paraíso para el tráfico y comercio ilegal de animales. Este país en 1986 se adhirió el CITES pero a pesar de esto, sigue siendo utilizado principalmente como canal de transporte de animales protegidos hacia otro países como Europa y Estados Unidos. Los registros indican que por España pasa el 30% del comercio ilegal y solo se logra detectar el 50% de esta totalidad. Todo este auge se ve reflejado desde las década de los sesenta, época en la cual gorilas, tortugas, chimpancés, caimanes, cocodrilos, anfibios, iguanas, pitones, arañas, boas, leones, guacamayos, empezaron a sustituir perros, gatos y canarios como animal de compañía. Se calcula que en las viviendas españolas viven cerca de 60.000 reptiles y más de 100.000 aves exóticas. Según documento publicado por David Hammerstein en su pagina ecologista “La fuerte demanda y la ausencia de sanciones, los elevados precios de venta y la permisividad de las fronteras españolas han facilitado este comercio ilegal. Para comercializar o poseer un ejemplar de una especie amenazada incluida en el Convenio CITES es necesario un certificado CITES que acredite que ese individuo proviene de cría en cautividad. Pero la falsificación es sencilla y las multas son insignificantes.”

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